viernes, 11 de marzo de 2011

Las autopsias de los suicidas de Leganés



La ley obliga a realizar la autopsia a los cadáveres de toda muerte violenta para poder certificar la causa y las circunstancias del fallecimiento. Así, el artículo 343 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal dispone que, aun cuando por la inspección exterior puede presumirse la causa de la muerte, se procederá a la autopsia del cadáver por los médicos forenses.

Sin embargo, a los restos de los supuestos suicidas del piso de Leganés no se les realizaron las correspondientes autopsias sino una serie de estudios que nada tienen que ver con los preceptos que establece la Ley. Esta irregularidad motivó que el juez Del Olmo solicitara, el 27 de marzo de 2006, que se procediera a la redacción de los correspondientes informes de autopsias para incorporarlos al sumario, cosa que ya no fue posible debido al estado de descomposición de los cadáveres.

¿Cómo es posible que el juez tuviera que pedir, 2 años después de los hechos, constancia por escrito de cómo murieron los suicidas de Leganés?


PARA NO OLVIDAR LO INOLVIDABLE

Fuente:http://www.peonesnegros.es/

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